La Asociación de Empresas de Carretillas Elevadoras, AECE, ha desarrollado en colaboración con la Escuela Europea de Maquinaria un proyecto para que todas las empresas de la asociación puedan realizar la formación exigida por el Convenio del Metal, en mejores condiciones que las ofrecidas por el mercado adaptada a las necesesidades de las empresas de carretillas elevadoras y siendo bonificable a través de FUNDAE.
En efecto, el capítulo XVII del III Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM), publicado en el BOE de 19 de diciembre de 2019, establece la formación preventiva mínima obligatoria para los trabajadores del sector del metal.
La disposición transitoria segunda del III Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM), dispone que: DT2ª: “A partir del 1 de octubre de 2017, las empresas deberán cumplir con lo establecido en el Capítulo XVII y el Anexo II, en un plazo máximo de cuatro años, a razón de un cuarto de sus plantillas por cada año”.
El convenio, obliga por tanto, a las empresas del sector del metal a formar preventivamente a sus trabajadores a razón de un 25% por año. Finalizando el plazo d 4 años en octubre de 2021.
AECE con este proyecto apuesta por una formación de calidad de todos los trabajadores del sector del metal y se encuadra dentro de una de las líneas estratégicas de la asociación fomentando una formación integral de todos los trabajadores que contribuya a la seguridad y a la prevención de los Riesgos Laborales.
Fuente: AECE