Menú Cerrar

LA CONSULTA DEL MES: ¿QUÉ OBLIGACIONES SE DEBEN SEGUIR PARA EL TRANSPORTE DE BATERÍAS DE ION LITIO?

En esta sección se analizarán las consultas más relevantes realizadas en la Asociación.


¿Qué obligaciones se deben seguir para el transporte de baterías de ion litio?
Para el transporte de baterías de ion litio, existen en principio dos posibilidades:

  • UN 3480 BATERIAS DE ION LITIO
  • UN 3481 BATERÍAS DE IÓN LITIO INSTALADAS EN UN EQUIPO 1) Para saber si se aplica el ADR y sus obligaciones, hay que tener en cuenta, primero, la DE 188, que, en función de la capacidad nominal dejará exento el cumplimiento del ADR:
    DE 188
    “Las pilas y las baterías presentadas para el transporte no están sujetas a las otras disposiciones del ADR si se cumplen las condiciones siguientes:
    b) en cada batería de metal litio o de aleación de litio, el contenido total de litio no es superior a 2 gramos, y en una batería de ión litio, la capacidad nominal en vatios hora no supera los 100 Wh. Las baterías de ión litio sujetas a esta disposición, llevarán impresa la capacidad nominal, en vatios hora en la envolvente exterior, salvo las fabricadas antes del 1 de enero del 2009;
    2) Si las capacidades superaran los 100 Wh, resultaría de aplicación de aplicación lo siguiente.
    Tendrán, los embalajes, que cumplir con:
    HOMOLOGACIÓN: conforme a la instrucción de embalaje P903
    MARCADO: Inscripción “UN 3480” o “UN 3481” según sea el caso, en un tamaño de letra de al menos 1,2 cm
    ETIQUETADO: etiqueta modelo 9A (IMAGEN 1) en un tamaño de 10×10 cm.


  • Documentación: Será necesaria una carta de porte
    Señalización de camiones. Salvo en el caso que las baterías puedan acogerse a la exención parcial 1.1.3.6., la unidad de transporte llevará paneles naranja homologados delante y detrás del vehículo. Se requiere, en este caso, conductor ADR, instrucciones escritas y equipamiento ADR.
    Exenciones. Si no se supera en la unidad de transporte los 333 kg de baterías, el transporte por carretera se podrá acoger a la exención parcial 1.1.3.6, por lo que no se requerirá conductor ADR ni paneles naranjas, aunque deberá llevarse a bordo la carta de porte. Todo ello se aplica de igual forma tanto si van embaladas junto al equipo o instaladas en el equipo. También se aplica a las baterías que se transporten sueltas.
    Fuente: AECE.

Más noticias

Más noticias