La Asociación Española de Normalización ha publicado recientemente la norma UNE 330000-6, que detalla y desarrolla, para el operador de grúa móvil autopropulsada, la norma de carácter general UNE 330000-0:2023, sobre requisitos generales para el esquema de certificación de profesionales que operen bajo los reglamentos de seguridad industrial.
Tras su publicación, las entidades de certificación de personas que quieran solicitar la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para certificar operadores de grúas móviles autopropulsadas deberán adecuar sus actuaciones a los requisitos establecidos en la misma.
La publicación de esta nueva norma se enmarca en un proceso de desarrollo “sectorial” para cada campo de la seguridad industrial (grúas, baja tensión, instalación de gas, etc.) que tiene como objetivo armonizar tanto los requisitos como los procesos de evaluación, permitiendo así la existencia de diversos certificadores, pero garantizando que todos ellos actúen bajo el mismo esquema y en línea con los requisitos establecidos en las Instrucciones Técnicas Complementarias correspondientes (en este caso la Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención).
El Ministerio de Industria y Turismo, tras la adopción de esta nueva norma UNE, ha anulado su documento “Requisitos para el esquema de certificación de personas del operador de grúa móvil autopropulsada, OPGM”, que igualmente contenía elementos y requisitos propios de este tipo de profesión del ámbito de seguridad industrial.